





En una decisión judicial que establece un precedente histórico en el campo de la supervisión, el control y el respeto de la dignidad humana en las áreas turísticas de Colombia, el décimo tribunal penal del distrito sobre la función del conocimiento en Cartagena Él gobernó a favor de los ciudadanos de Valery Sofía Chico Hernández y Yenis del Carmen Hernández Orozco.
La decisión de los premios de la segunda instancia (o protege) una acción para la protección presentada por los demandantes contra el distrito de Cartagén de Indias en relación con Violación de los derechos básicos a la igualdad, el desarrollo libre de la personalidad, el honor y la dignidad humana.
“Aunque a la sentencia se consideró que los derechos básicos de las razones de la igualdad, la dignidad humana, el honor y el desarrollo de la personalidad libre fueron violados por el alcalde de Cartagena, así como Admitieron que habían experimentado discriminación debido a la carrera, por mujeres y su apariencia física, Creemos que Las disculpas sociales que ordenó al alcalde causó revitalización, por lo que aumentó sus derechos.“Dice el Dr. Joaquín Torres, un abogado que representa a los demandantes.
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Le pediremos al Tribunal Constitucional una revisión de protección y ordenar una reparación realmente del agente por actos discriminatorios, porque las disculpas no son el mecanismo correcto de compensación por las razones.
Joaquín Torres, defensor.
Centro histórico de los cartas Foto:John Montaño/El TIempo
Además, esto requiere directamente el distrito de Cartagena Implementar capacitación obligatoria para todo el personal delegado en el campo de supervisión, control y monitoreo de tareas en el Centro Histórico. Estos entrenamientos que deben tener un carácter riguroso Enfoque de género, derechos étnicos y humanosEstán destinados a prevenir la repetición de actos discriminatorios que se han convertido en la base de la acción constitucional en cuestión.
Una decisión judicial confirma la realidad condenada repetidamente: el personal responsable de la seguridad y el control en el corazón turístico de la ciudad, inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO, Se involucró en la estigmatización y las prácticas discriminatorias, que en el afectación desproporcionada afectan a las mujeres y a los miembros de las comunidades étnicas.
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“Tenemos la intención de pedirle al tribunal que ordene al alcalde que realmente se disculpe, porque, como Gazeta El Tió indicó en una publicación reciente, se dice que lo que dijo el alcalde de acuerdo con las condiciones de la tutela es” disculpas tóxicas “, que en realidad no son disculpas, sino más bien reicimización”, agrega Torres.
¿Humillación en las paredes?: Mira el video
En la grabación de video, que se ha vuelto popular en las redes sociales y cuya experiencia es la noche en el centro histórico de Cartagena, puede ver el momento en que los funcionarios del distrito piden a dos solicitantes jóvenes que no ingresen a través de la torre del reloj, una entrada natural a la ciudad colonial.
Según Torres, “la naturaleza de los derechos protegidos y las medidas de reparación ordenadas permiten concluir sobre la declaración de los procedimientos estatales”.
En primera instancia, el tribunal estuvo de acuerdo con el distrito y aseguró que la tutela no fue el primer canal de investigación de justicia, y envió a dos mujeres afro que presentaron una queja para presentar quejas en el mismo distrito. Sin embargo, el fallo de la segunda instancia tiene la fuerza vigente en relación con los derechos de las mujeres y explica que la atención es una ley y no precede a ningún mecanismo.
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“Le pediremos al Tribunal Constitucional una revisión de protección y ordenar una corrección para actos discriminatorios, porque las disculpas no son el mecanismo de compensación correcto por razones”, agrega el abogado Torres.
Cartagena de Indias, centro histórico Foto:John Montaño/El TIempo
Esto sugiere una violación del honor y la dignidad humana, agregada a la violación del derecho a la igualdad Valery Sofía Chico y Yenis del Carmen Hernández fueron víctimas del acto de estigmatización, acoso o eliminación arbitraria por oficiales de control en el centro histórico.
En el contexto de Cartagena, estas violaciones generalmente se manifiestan a través de:
Perfil étnico: Actos de vigilancia excesiva o detención preventiva injustificada hacia las personas de origen africano.
Estigmatización de género: Discriminación o excreción de mujeres debido a su ropa, actividad económica (formal o informal) o simplemente presencia en áreas con una gran entrada de turistas, combinándolos incorrectamente con actividades ilegales.
Restricciones al desarrollo de la personalidad libre: La imposición de códigos de conducta o apariencia no se basa en la ley, sino en los prejuicios sociales.
La décima parte del Tribunal Penal, otorgando atención, “reconoce que los demandantes fueron víctimas de tratamiento que privó su dignidad, lo que los obliga a aprovechar la herramienta máxima para la protección de los derechos básicos ofrecidos por la Constitución colombiana: acción en el caso de la atención”, señala el tribunal en una de las partes de la decisión.
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Capacitación para funcionarios
El agente administrado por el juez va más allá de la advertencia o reprimenda habitual. Es un mandato de una acción afirmativa dirigida a la transformación cultural en las estructuras de la policía de la policía.
La orden para que la capacitación sea obligatoria y se centre en el sexo, el origen étnico y los derechos humanos, es el corazón de la sentencia y establece un precedente. contra la discriminación sistémica:
Concentración étnica: Reconoce que la población de origen afro y otras minorías étnicas en el cartilagen son un objeto constante de microagresión y discriminación en el espacio público y en espacios de mayor valor económico.
Concentración de sexo: Reconoce la doble influencia con la que se enfrentan las mujeres en el espacio público, donde están más expuestos a acoso o estigmatización.
Esta solución “sin repetición” impone al distrito la obligación de educar a sus agentes, de modo que sus tareas de control cumplan con los más altos estándares constitucionales, especialmente en el área tan sensible e importante como el centro histórico.
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Responsabilidad institucional
Centro histórico de Cartagens de Indias Foto:John Montaño/El TIempo
El hecho de que el procedimiento en el caso de la protección se presentó contra el distrito de Cartagen de Indias y requirió la participación de muchas agencias, enfatiza que el problema es sistémico, no aislado.
Entre las entidades relacionadas con este proceso se encuentran la Secretaría para la Participación y el Desarrollo Social (a través de la Oficina de Mujeres), la Secretaría Interna y la Cereexia de Ciudadanos (junto con la Oficina Asesora de Asesoría étnica).
Además de la oficina del Defensor del Pueblo y la Oficina del Fiscal General.
“Las conexiones entre la oficina del Defensor del Pueblo y la Oficina del Fiscal General, las organizaciones responsables de garantizar los derechos humanos y la moral pública, son pruebas de que el caso representa Falta de coordinación institucional en el alcance de prevenir la discriminación y su remedio. Al emitir una sentencia a su favor, el poder judicial confirmó que el distrito había cometido negligencia en el control de sus propios protocolos de supervisión “, dice Torres.
El fallo recuerda que la administración local tiene la obligación constitucional de garantizar los derechos fundamentales, incluso al ejercer el poder policial y regular el espacio público.
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Cuidado como mecanismo
para la protección de los derechos
Dumek Turbay en Asobancaria Foto:Distrito de Cartagén
La decisión también explica el alcance de la actividad de Tutel en el sistema legal colombiano. Aunque la sentencia fue protegida por los derechos básicos violados, el tribunal se negó a solicitar condenas de manera abstracta. “Esta” condena abstracta “es una solicitud para reparar el daño monetario por el daño. La razón del rechazo es estrictamente procedimiento: el procedimiento en el caso de la atención no es el escenario apropiado para reconocer el daño financiero o la compensación. Los demandantes, si lo desean, deben pedir la disputa y la jurisdicción administrativa para aplicar cualquier compensación financiera”, lee.
Sin embargo, esta restricción técnica no disminuye la victoria moral y legal Valery Sofía Chico Hernández y Yenis del Carmen Hernández Orozco.
Esta acción legal obligó al distrito a comprometerse, bajo la decisión del tribunal, a Transformar las prácticas de discriminación que arruinaron la experiencia de vida de muchos residentes de Cartagena en tu propia ciudad.
La decisión muestra que La supervisión y el control en un valioso centro histórico deben operar bajo las negociaciones de la bandera de la igualdad y la dignidad humana, y no bajo el velo de prejuicio.
Además, lo invitamos a ver nuestra película documental “Abuso sexual en Cartaagen: Voces apagadas”
Documento del periodista Jineth Bedoy. Foto:
Carácter