
La reciente publicación del comando que establece la condición de un shock interno en Catatumbo ha generado un intenso debate. Después de tres meses de justificación, durante los cuales se han emitido 11 órdenes en respuesta a la crisis actual, la discusión sobre si esta declaración era realmente necesaria se ha intensificado. Muchos se preguntan si este acuerdo era la mejor manera de afrontar la violencia que se experimenta en la región, que implica tanto a la guerrilla como a los opositores de FARC.
El presidente Gustavo Petro anunció una excepción mediante un mensaje en ‘X’, solo cuatro días después de que grupos guerrilleros lanzaran ataques en lugares como Tibu y Teorama, ignorando completamente la seguridad de mujeres y niños en la región. Pocos días después, ante la Asamblea Republicana, las autoridades justificaron su decisión afirmando que la grave interrupción del orden público en Catatumbo se debía a un aumento de la violencia de grupos armados ilegales, una crisis humanitaria y el desplazamiento forzado de poblaciones, lo que, según ellas, justificaba la declaración del estado de shock interno.
Foto:Presidencia
No obstante, esta medida ha sido objeto de cuestionamientos. Uno de los principales argumentos de quienes se oponen a la declaración sostiene que la amenaza para el orden público no era algo inesperado. En el año 2002, el Tribunal Constitucional, con un fallo 802, estableció que solo deberían darse las declaraciones de shock interno en circunstancias verdaderamente extraordinarias. Este tribunal también reconocía que un aumento inusual de la violencia podría justificar una medida de este tipo.
A pesar de esto, muchos expertos, políticos y abogados opinan que la crisis en Catatumbo podría haberse manejado utilizando la autoridad regular del gobierno. “Desde el principio, no quedó claro por qué era necesaria una declaración de shock interno o qué poderes excepcionales requería el presidente. Las problemáticas en Catatumbo son de larga data. Hoy, a 90 días de esta decisión, a pesar de algunas operaciones, la efectividad de estas medidas no es significativa. Podría haberse atendido la crisis a través de los mecanismos ordinarios de la ley”, comentó el abogado Francisco Bernate.
Hay 64,624 refugiados, 12,913 personas atrapadas y al menos 106 muertos. Foto:Andrés Carvajal
El Comité de Accidentes del Senado, que se encarga de evaluar la situación, indicó en febrero que la medida era “justificada y necesaria para abordar la escalada de la violencia y las condiciones humanitarias sin precedentes” que afectan al país.
La exesposa de Carlos Zambrano también adoptó una posición matizada, afirmando que, si bien la declaración es pertinente, se debe revisar con detenimiento si las justificaciones del presidente son consistentes con lo que la constitución requiere para tal medida. A la luz de la crisis en Catatumbo, los últimos informes revelan que hay 64,624 refugiados, 12,913 personas se encuentran atrapadas y ha habido al menos 106 muertes, lo que plantea serias dudas sobre la efectividad de las decisiones adoptadas.
Iris Marín, agente. Foto:Agente
Según Lina Mejia, experta en derechos humanos y leyes internacionales de la Universidad de Washington, la respuesta del estado ha sido limitada, y aunque la situación en Catatumbo es seria, la política implementada ha sido débil. “El levantamiento interno no se resolverá de esta manera”, señaló.
Estas opiniones concuerdan con las advertencias de Iris Marín Ortiz, quien expresó que “no era necesaria una declaración de shock interno para implementar planes de acción. Existen medidas que podrían haberse adoptado, especialmente porque la situación no era tan crítica al inicio de la declaración”.
Además, analistas como Jairo Libreos han abogado por un uso cuidadoso de la figura del shock interno, argumentando que su uso reiterado puede desdibujar la línea entre la excepción legal y la norma. “Es preocupante que, a pesar de la violencia, la declaración no parece haber tenido un impacto positivo en la región de Catatumbo como se esperaba”, expresó.
¿Perdón por aumentar los impuestos?
En paralelo a la crisis, la segunda medida tomada por el gobierno ha sido la declaración de emergencia económica, que también ha enfrentado críticas, especialmente en términos del impacto fiscal que podría tener. Esta declaración otorga al presidente la potestad de implementar remedios adicionales, así como ajustes en los impuestos.
Con este marco de referencia, el Secretario General emitió una decisión 175 el 14 de febrero de 2025 que introdujo un IVA del 19 % para juegos en línea, un impuesto especial sobre las ventas y exportaciones de carbohidratos y carbón, así como la implementación de un impuesto de campana del 1 %.
Carta de Álvaro Li al presidente Petro. Foto:Tiempo
Desde diversos sectores políticos se ha señalado que, con esta medida, el presidente Petro está llevando a cabo una especie de reforma fiscal de “bajo perfil”, cuyo objetivo es recaudar alrededor de 3 mil millones de pesos.
“Es de esperar que cuando se levante el shock interno, las medidas regulatorias se mantengan o incluso se extiendan. Es esencial saber el destino de los recursos recaudados y en qué se han utilizado esos fondos”, agregó el senador Miguel Uribe.
Por otro lado, Jorge Restrepo, director del Centro para el Análisis de Conflictos (CEAC), sostuvo que el debate debería enfocarse en el uso de estos ingresos. “Es sorprendente que los recursos generados no se hayan destinado a respaldar las medidas de seguridad”. En su opinión, la figura del shock interno debería utilizarse para implementar medidas extraordinarias durante las crisis; de lo contrario, la inversión pública no debería depender de este tipo de decisiones excepcionales.
En términos legales, se establece que la vigencia de la directiva se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025, a menos que el Congreso decida prorrogarla. La única forma de eliminar este impuesto antes de esa fecha sería si el Tribunal Constitucional declare inválida la declaración de shock interno o emita algún fallo especial que lo impida. El examen constitucional está programado para esta semana.
En caso de que el tribunal no anule la recaudación, se espera que los fondos, ya que se consideran obtenidos legalmente, permanezcan intactos mientras la designación esté en vigor.
¿Se mantiene la estructura organizativa de las decisiones?
Más allá de la eficacia del shock interno y la posible extensión de su duración por 90 días, la inquietud principal es si el gobierno del presidente Petro será capaz de elevar el valor de sus decisiones legislativas una vez que se levante esta medida excepcional. La respuesta parece ser afirmativa, ya que la misma directiva respalda la autoridad presidencial en este contexto. Se sostiene que esto puede resultar en una extensión de 11 criterios según el “Artículo 41 de la Ley Estatutaria 137 de 1994”.
Conforme a la jurisprudencia aplicable en situaciones excepcionales, “las decisiones legislativas que emanen de un shock interno dejarán de ser efectivas tan pronto como se restablezca la normalidad en el orden público, pero podrán extenderse por su valor durante un máximo de 90 días adicionales”.
En este sentido, el abogado y docente Gustavo Zafra indicó que el secretario-general ha actuado conforme a las leyes mencionadas anteriormente. “La normativa actual permite mantener el efecto, por lo que se continúa con la evaluación del shock interno”, explicó Zafra. Según él, la intención es asegurar que las medidas sean adoptadas por el parlamento y produzcan un impacto real.
El Tribunal Constitucional deberá evaluar la validez de las órdenes. Foto:Cortesía
El expresidente del Tribunal Constitucional, Alfredo Beltrán, concuerda con Zafra, afirmando que la normativa que emitió el Presidente es válida. No obstante, explicó que las 11 órdenes contarían con un plazo de vigencia de tres meses adicionales, aunque esto dependerá del fallo final que emita el Tribunal Constitucional, dado que aún no se ha declarado si las circunstancias necesarias para la medida de excepcionalidad están presentes o no.
Beltrán también destacó la importancia de que el tribunal se pronuncie de forma oportuna, ya que el estado de shock ya ha finalizado, por lo que no queda claro si la decisión fue la correcta. Sin embargo, alertó que, si el tribunal reconoce la existencia de un shock interno, se notificará la vigencia de las órdenes emitidas en este contexto, incluidas las 11 que permanecen activas.
Camilo A. Castillo
Político
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