
el currículum de Javier Gutiérrez Afanador sobre el cargo de Director del Control de Comunicaciones (CRC).
Se trata de un abogado de la Universidad Externado que ha trabajado como contratista para la Asociación Nacional de Departamentos, la Asociación Regional, ETB, el Instituto Nacional de Vialidad, entre otros.
Javier Gutiérrez CV. Imagen:directorio privado
Este nombramiento se produce tres años después de que el cargo quedara vacante por la salida de Sergio Martínez Medina en agosto de 2022. Lo llamativo es que, Pasado ese período, hasta ahora, la Presidencia del Gobierno ha designado a su jefe ejecutivo en la entidad que se encuentra en medio de un mal ambiente. ante la Comisión por rechazar el pedido del presidente Gustavo Petro de un nuevo discurso.
Según la ley de 1978, a partir de 2019, el presidente puede nombrar un comisionado. Sin embargo, la asamblea que toma las decisiones relativas a la expresión es la asamblea audiovisual, que, como establece la misma ley, está compuesta por tres representantes: uno elegido por los operadores públicos regionales y dos en concurso público. Por tanto, el nombramiento de Gutiérrez queda descartado El gobierno no tendría influencia en las decisiones relacionadas con litigios.
Los motivos por los que la CRC rechazó el pedido del presidente Petro de un nuevo discurso
La CRC por primera vez no autorizó el discurso del presidente Gustavo Petro. Esto sucede cinco días después de que se establezcan las condiciones que debe seguir la presidencia para el uso de televisoras públicas y privadas, de acuerdo con el decreto del Consejo de Estado.
Desde la Casa de Nariño enviaron una solicitud a la CRC a las 4:54 de la tarde del miércoles para que el presidente hablara en el mejor momento sobre narcotráfico y descertificación.
representantes de la CDN. Imagen:Néstor Gómez – EL TIEMPO / Archivos Privados
“De conformidad con la sentencia del Consejo de Estado del 16 de septiembre de 2025, el Congreso Audiovisual de la CRC realizó el análisis correspondiente, descrito en la citada circular, con el propósito de verificar el cumplimiento de las condiciones personales de intervención del Presidente, urgencia, casos excepcionales y requisitos de demarcación temática y temporal, así como este tipo de requisitos estatales de la CRC.
Después de esto, El CRC realizó la confirmación y confirmó que el 25º discurso del Jefe de Estado Cumplió con los criterios personales de intervención presidencial, repetición y limitación temporal, pero no cumplió con los demás, por lo que no fue autorizado por estos motivos: “No cumple con los criterios de urgencia, uso inusual o delimitación temática, al no existir indicio de circunstancias graves, autorizadas o inevitables que justifiquen la interrupción del canal de televisión abierta del país”.
Presidente Gustavo Petro. Imagen:presidente de la republica
Y agregaron: “La CDN precisa que esta decisión no limita la libertad de expresión del Presidente de la República ni su facultad de dirigirse al país, sino que responde al mandato judicial que dicta la aplicación de criterios objetivos para asegurar el uso justo, proporcionado y excepcional del servicio público de televisión. En este sentido, la solicitud puede ser modificada según los criterios establecidos y devuelta para su confirmación”.
Por decisión del presidente Gustavo Petro abordó y rechazó la negativa del CRC.
“El Presidente de la República de Colombia ha sido criticado en su propio país. Invito a todos los abogados nacionales e internacionales que quieran seguirme a romper la censura en Colombia”, dijo.
MARÍA ALEJANDRA GONZÁLEZ DUARTE
Escritura política