
Si se encuentra en la situación de que su vehículo no está inscrito en Bucaramanga y desea evitar las restricciones que se implementarán en la ciudad, tiene una opción favorable disponible. La oficina del alcalde de Bucaramanga y el departamento de gestión del tráfico han habilitado un incentivo interesante: los propietarios que transfieran el registro de su vehículo a la capital de Santander podrán disfrutar de un año completo sin estar sujetos a las restricciones del pico y placa.
Para acceder a esta medida, se utilizará un único agente encargado de asistir en este proceso durante un horario específico. Este atenderá desde las 9:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. Si desea utilizar este beneficio, debe seguir los pasos que se describen a continuación:
- Acérquese a una agencia de tránsito donde se encuentre registrado su vehículo para iniciar la transferencia del registro a Bucaramanga.
- Una vez que se hayan verificado los documentos necesarios en Bucaramanga, su cuenta se basará en la gestión del tráfico correspondiente.
Noveno intercambiador en Bucaramanga
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Oficina del Alcalde de Bucaramanga
Es importante tener en cuenta que para llevar a cabo este procedimiento, deberá cumplir con ciertos requisitos esenciales. Estos incluyen los siguientes:
- Estar debidamente registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUTT).
- Tener en vigor el SOAT y una revisión técnica mecánica válida antes de la transferencia al RUTT.
- Estar al día con el impuesto de automóvil correspondiente a la comuna o departamento donde su vehículo estuvo registrado previamente.
- No tener multas de tránsito pendientes (SIMIT).
- Presentar una solicitud formal de transferencia del registro automotriz nacional, la cual debe estar firmada por el propietario y contar con los documentos que la sustenten.
- Aportar una copia del documento de identidad y la licencia de tránsito original.
El agente sancionador comenzará a gobernar a partir del 16 de julio de 2025.
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Google Maps
Una vez que haya reunido todos estos requisitos, deberá dirigirse a las ventanillas de registro de la Dirección de Movimiento Automotriz, donde presentará la documentación mencionada anteriormente y pagará los costos asociados a los sellos, placas y la hoja de licencia en la entidad bancaria correspondiente.
Desde el momento en que presente y acepte la solicitud de traslado del registro ante la agencia de carreteras, la entidad tendrá un plazo máximo de 60 días hábiles para completar el proceso en Bucaramanga.
Si se trata de una persona jurídica, debe presentar un certificado de existencia y representación legal del propietario, el cual deberá estar vigente y no puede exceder los 30 días. En caso de que el propietario del vehículo no pueda realizar el procedimiento de forma personal, debe otorgar un poder notarial o mandato a una tercera persona para que gestione el trámite.
Cabe destacar que los vehículos provenientes de municipios externos de Santander también estarán sujetos a la medida del pico y placa, así como los vehículos foráneos. Esta normativa empezará a ser aplicada a partir del 16 de julio de 2025 y se basa en la Resolución 017-2025 emitida por las autoridades competentes.
Esta es una resolución 017 de 2025 emitida por el Departamento de Movimiento.
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Archivo privado
¿Cuál es la resolución de 017-2025 en relación a los picos y placas impares?
Según el documento que fue emitido a principios del año por el Departamento del Movimiento de Bucaramanga:
“En el caso de la importación temporal de vehículos y/o registros extranjeros que ingresen a la comuna, las limitaciones de circulación se aplicarán de acuerdo al último dígito de la placa, sin importar la letra o letras finales, siempre que el tiempo de permanencia en la ciudad supere los ocho (8) días hábiles, comprobado con la fecha de emisión de la orden temporal de importación y/o el permiso otorgado de las autoridades aduaneras.”
Adicionalmente, se puntualiza: “Para los vehículos registrados en municipios que no pertenecen al departamento de Santander, se aplicarán las restricciones de pico y placa de acuerdo con el último dígito, estableciendo excepciones específicas. En concreto, los vehículos con placas que finalicen en 2, 6, 8 y 0 no podrán circular los días asignados.”
Este régimen se implementará desde el 16 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025.
María Alejandra González Duarte
Escribiendo para la nación