
El presidente Gustavo Petro ha reactivado una decisión que ha estado en el aire: mantener a Armando Benedetti como representante de un ministro mientras lleva a cabo una visita estatal a China. Utilizando la plataforma Trino, el presidente anunció que Guillermo Alfonso Jaramillo, a quien ha nominado en otras ocasiones durante sus viajes recientes, permanecerá en su cargo durante su ausencia.
Lo que ha sorprendido a muchos es que el presidente ha afirmado que los medios de comunicación estaban propagando mentiras en medio de la confusión generada por la actual comisión asignada al ministro del Interior: “Qué vergüenza negarles. La persona que me reemplazará es quien lo ha hecho la mayor parte del tiempo cuando salgo del país: Guillermo Alfonso Jaramillo”. Sin embargo, contradiciendo sus afirmaciones, existen documentos oficiales que señalan lo contrario.
Un aspecto crucial de esta situación es la directiva 0499 de 2015, que establece de manera clara que ciertos deberes presidenciales serán delegados a Benedetti, y lo curioso es que esta directiva fue firmada por el propio presidente. Aunque no fue publicada en el Almacenamiento de Decretos de Dapre, ya ha sido incluida en la última versión del Diario Oficial, otorgándole validez legal.
El contenido de este documento indica que en ausencia del Presidente de la República, por el viaje mencionado, los deberes legales y constitucionales recaerán en el actual ministro del Interior, el Dr. Armando Alberto Benedetti Vilda, durante la existencia de dicha ausencia. Así, este nombramiento, con la firma del propio presidente, genera sentimientos de sorpresa y confusión, pues muchas personas se cuestionan por qué optaría por “negarlo”. La situación plantea interrogantes sobre si firmó el documento sin plena conciencia de su contenido o qué motivaciones podrían haber detrás de su decisión de revertir esta medida.
Una decisión extraña
La nominación de Benedetti ha sido un tema de asombro. Históricamente, el presidente ha dejado a Guillermo Alfonso Jaramillo, el Ministro de Salud, al frente de sus responsabilidades, y antes a Ricardo Bonilla, el ex Ministro de Finanzas. En momentos anteriores, la ex ministra Gloria Inés Ramírez también figuraba entre los candidatos a ocupar este cargo en ausencia del presidente.
La directiva, que no fue aprobada por el presidente en cuestión de minutos, establece un procedimiento que no es habitual, ya que, de acuerdo con la Constitución, el Ministro encargado debe proceder del primer partido del presidente. Además, las credenciales de Armando Benedetti no son reconocidas en las comunidades que respaldan a Gustavo Petro.
Según la Carta Magna, la persona designada asumirá las funciones presidenciales mientras el presidente esté fuera del país. Esta nominación se enmarca dentro de la ley legislativa 1 de 1977, la cual confirma que “cuando el presidente de la República se ausente del territorio nacional en el cumplimiento de sus funciones, el ministro correspondiente, conforme al nombramiento dado por la prioridad legal, asumirá, bajo su propia responsabilidad, las obligaciones constitucionales que le serán asignadas.”
Facultades de Benedetti
Cada presidente tiene la libertad de definir quién asumirá sus responsabilidades durante su ausencia y debe comunicarlo a través de la directiva correspondiente, que transfiera la autoridad y las responsabilidades constitucionales. De acuerdo a la directiva vigente, de mantenerse, Benedetti podrá ejercer el poder que le permite a la autoridad aprobar contratos y llevar a cabo obligaciones, honors y reconocimientos por parte de las instituciones internacionales o gobiernos extranjeros (Artículo 129).
Asimismo, Benedetti podría convocar reuniones extraordinarias de la Asamblea (Artículo 138), enviar comunicación urgente respecto a proyectos (Artículo 163), y ejercer derechos bajo la Ley de Sanciones (Artículo 165), así como presentar objeciones a leyes (Artículo 166).
Esta directiva también otorga a Benedetti todas las competencias que la Constitución asigna al Presidente, tal como se confirma en el Artículo 189. Está en posiciones de dirigir relaciones internacionales y ejercer los poderes extraordinarios que se establecen en el Artículo 150.
Juan Sebastián Lombo Delgado
Político